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La Corte Suprema de Estados Unidos asestó un golpe político y jurídico al presidente Donald Trump al rechazar su intento de restringir la ciudadanía por nacimiento, una de las medidas migratorias más ambiciosas de su segundo mandato. En el caso Trump v. Barbara, el máximo tribunal sostuvo que los niños nacidos en territorio estadounidense de padres presentes de forma irregular o temporal están “sujetos a la jurisdicción” de Estados Unidos y, por tanto, son ciudadanos desde el nacimiento bajo la Decimocuarta Enmienda.

La decisión bloquea la Orden Ejecutiva 14160, firmada por Trump el 20 de enero de 2025, que instruía a las agencias federales a no reconocer la ciudadanía de ciertos niños nacidos en Estados Unidos si sus padres no eran ciudadanos estadounidenses ni residentes permanentes. La orden incluía a hijos de madres indocumentadas y también a hijos de madres con presencia legal pero temporal, como estudiantes, trabajadores temporales o turistas, siempre que el padre tampoco fuera ciudadano o residente permanente.

El fallo, decidido el 30 de junio de 2026, confirma la vigencia de uno de los principios más antiguos y simbólicos del sistema constitucional estadounidense: quien nace en territorio de Estados Unidos, salvo excepciones muy limitadas, nace ciudadano. La Corte sostuvo que la ciudadanía por nacimiento no puede ser alterada por una orden presidencial, especialmente cuando está anclada en el texto de la Constitución y en más de un siglo de interpretación jurídica.

Un revés a la expansión del poder presidencial

Aunque la decisión fue presentada como una victoria para las organizaciones defensoras de migrantes, su alcance político va más allá del debate migratorio. El caso se convirtió en una prueba sobre los límites del poder ejecutivo: si un presidente podía reinterpretar por decreto el alcance de una garantía constitucional.

La mayoría de la Corte, encabezada por el presidente del tribunal John Roberts, concluyó que la Decimocuarta Enmienda no permite excluir de la ciudadanía a los niños nacidos en Estados Unidos por el estatus migratorio de sus padres. Roberts fue acompañado por las juezas Sonia Sotomayor, Elena Kagan, Amy Coney Barrett y Ketanji Brown Jackson. Brett Kavanaugh coincidió con el resultado, aunque no con toda la argumentación constitucional de la mayoría. Clarence Thomas, Samuel Alito y Neil Gorsuch disintieron.

La diferencia es importante: seis jueces votaron por bloquear la orden de Trump, pero cinco construyeron la mayoría constitucional más fuerte. Kavanaugh sostuvo una posición más limitada: la orden debía caer por chocar con la ley federal vigente, no necesariamente por violar directamente la Decimocuarta Enmienda. Esa distinción deja abierta la posibilidad de que el debate político continúe en el Congreso, aunque cualquier intento de reforma enfrentaría un terreno constitucional complejo.

La Decimocuarta Enmienda, otra vez en el centro

La Decimocuarta Enmienda fue ratificada en 1868, después de la Guerra Civil, para garantizar ciudadanía y derechos civiles a las personas nacidas o naturalizadas en Estados Unidos. Su cláusula de ciudadanía establece que todas las personas nacidas o naturalizadas en el país y sujetas a su jurisdicción son ciudadanas de Estados Unidos y del estado donde residan.

El gobierno de Trump intentó reinterpretar la frase “sujetas a la jurisdicción” para excluir a hijos de migrantes indocumentados y de extranjeros con presencia temporal. La Corte rechazó esa lectura y reafirmó que las excepciones tradicionales son estrechas, como los hijos de diplomáticos extranjeros o de fuerzas enemigas ocupantes, no categorías migratorias amplias definidas por decreto presidencial.

En términos prácticos, la sentencia evita un escenario de enorme incertidumbre administrativa. Expertos citados por Reuters habían estimado que la orden podía afectar el estatus legal de hasta 250.000 bebés nacidos cada año y obligar a millones de familias a demostrar el estatus migratorio de los padres al momento del nacimiento.

Trump promete llevar la batalla al Congreso

Tras el fallo, Trump reaccionó calificando la decisión como negativa para el país y pidió al Congreso avanzar con legislación para limitar la ciudadanía por nacimiento. Según Reuters, el presidente sostuvo que no sería necesaria una enmienda constitucional y que el Congreso debía comenzar de inmediato a trabajar en el tema.

Sin embargo, el camino legislativo no es sencillo. Si la ciudadanía por nacimiento queda protegida como garantía constitucional, una ley ordinaria difícilmente podría restringirla sin provocar una nueva batalla judicial. La opinión concurrente de Kavanaugh ofrece una vía más estrecha para quienes buscan cambios legales, pero la mayoría constitucional deja claro que el margen del Congreso no es ilimitado.

Impacto para América Latina

Para las comunidades latinoamericanas en Estados Unidos, el fallo tiene una importancia directa. Millones de familias migrantes, incluidas aquellas con estatus irregular, solicitudes pendientes, permisos temporales o visas de trabajo y estudio, dependían de que la Corte mantuviera intacta la interpretación tradicional de la ciudadanía por nacimiento.

La decisión también tendrá eco político en América Latina. El debate sobre migración hacia Estados Unidos no solo afecta a México y Centroamérica, sino a países sudamericanos con crecientes flujos migratorios hacia el norte. Para gobiernos, consulados y comunidades migrantes, el fallo reduce una fuente inmediata de incertidumbre jurídica, aunque no elimina el endurecimiento general de la política migratoria estadounidense.

Una batalla cerrada, pero no terminada

La Corte Suprema cerró la puerta al intento de Trump de redefinir la ciudadanía por decreto. Pero no cerró el debate político. La reacción del presidente y de sus aliados confirma que la ciudadanía por nacimiento seguirá siendo un tema central en la agenda migratoria estadounidense.

La diferencia es que, después de este fallo, cualquier ofensiva tendrá que enfrentar una barrera mucho más alta: no solo la oposición política o social, sino el texto de la Constitución, la jurisprudencia histórica y una Corte que, al menos en este caso, decidió poner límite al poder presidencial.

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