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Caracas notificó a Naciones Unidas su retiro del Estatuto de Roma y acusó a la Corte Penal Internacional de actuar con parcialidad política y geográfica. La salida entrará en vigor dentro de un año y no anulará las investigaciones por presuntos crímenes de lesa humanidad cometidos mientras Venezuela pertenecía al tribunal.

El Gobierno de Venezuela formalizó su decisión de abandonar la Corte Penal Internacional, abriendo una nueva confrontación con el sistema de justicia internacional y aumentando la incertidumbre sobre la cooperación del Estado con las investigaciones por presuntos crímenes de lesa humanidad.

Las autoridades venezolanas notificaron a Naciones Unidas su decisión “irrevocable” de retirarse del Estatuto de Roma, tratado que creó la Corte Penal Internacional. Caracas acusó al tribunal de mantener un supuesto sesgo geográfico y político contra países de África y América Latina.

La medida, sin embargo, no produce una salida inmediata. El artículo 127 del Estatuto de Roma establece que el retiro entra en vigor un año después de que el secretario general de Naciones Unidas reciba la notificación, salvo que el Estado indique una fecha posterior.

Durante ese periodo, Venezuela continúa siendo formalmente un Estado parte y mantiene las obligaciones correspondientes.

La salida no cancela el caso Venezuela I

El principal efecto jurídico de la decisión es frecuentemente malinterpretado: abandonar la Corte Penal Internacional no elimina automáticamente las investigaciones que ya estaban abiertas.

La denominada situación Venezuela I investiga presuntos crímenes de lesa humanidad cometidos en el país, incluyendo posibles detenciones arbitrarias, torturas, persecución política y otros abusos atribuidos a agentes estatales.

La investigación se concentra en hechos ocurridos desde febrero de 2014 y fue remitida inicialmente a la Fiscalía de la Corte por Argentina, Canadá, Colombia, Chile, Paraguay y Perú.

La Fiscalía anunció formalmente la apertura de la investigación en noviembre de 2021, después de concluir que existía una base razonable para avanzar desde el examen preliminar hacia una investigación completa.

Aunque Venezuela solicitó que el proceso quedara en manos de sus instituciones nacionales, la Sala de Cuestiones Preliminares autorizó en junio de 2023 que la Fiscalía retomara sus investigaciones.

El retiro del Estatuto no borra esa trayectoria ni elimina la jurisdicción de la Corte sobre presuntos delitos cometidos mientras Venezuela era miembro.

¿Qué establece el Estatuto de Roma?

El Estatuto determina que un Estado no queda liberado, por el simple hecho de retirarse, de las obligaciones adquiridas mientras era parte del tribunal.

La Corte puede continuar examinando crímenes presuntamente cometidos durante el periodo en que el tratado estaba vigente para Venezuela. También puede mantener procedimientos, investigaciones y decisiones iniciadas antes de que el retiro produzca efectos jurídicos.

Este principio fue aplicado anteriormente en casos como Filipinas y Burundi. Ambos países abandonaron la Corte, pero el tribunal mantuvo investigaciones relacionadas con hechos ocurridos cuando todavía eran Estados parte.

Por lo tanto, la salida venezolana no representa el cierre automático del expediente ni una absolución para los funcionarios que eventualmente puedan ser investigados.

La cooperación será el mayor problema

Aunque la investigación puede continuar jurídicamente, el retiro podría dificultar su desarrollo en la práctica.

La Corte Penal Internacional no posee una fuerza policial propia. Depende de la cooperación de los Estados para entrevistar testigos, acceder a documentos, proteger víctimas, obtener pruebas y detener a personas contra quienes se emitan órdenes de arresto.

Si el Gobierno venezolano se niega a colaborar, los fiscales podrían enfrentar mayores obstáculos para trabajar dentro del territorio nacional o acceder a archivos oficiales.

También sería difícil ejecutar una eventual orden de captura mientras la persona investigada permanezca dentro de Venezuela. Sin embargo, un sospechoso podría quedar expuesto a ser detenido si viaja a un país que reconozca la jurisdicción de la Corte y esté obligado a cooperar con ella.

En consecuencia, la salida no destruye el caso, pero puede convertirlo en un proceso más lento, complejo y dependiente de testimonios, documentos y pruebas obtenidas fuera de Venezuela.

Caracas denuncia parcialidad internacional

El Gobierno venezolano justificó su retiro afirmando que la Corte se ha convertido en un instrumento selectivo y que concentra sus actuaciones en países del denominado Sur Global.

Las autoridades también han cuestionado durante años la investigación Venezuela I, alegando que el sistema judicial nacional está en capacidad de investigar los posibles abusos y que la intervención internacional viola la soberanía del país.

La Corte, por su parte, se rige por el principio de complementariedad: solo interviene cuando determina que los sistemas nacionales no investigan genuinamente los crímenes contemplados por el Estatuto o no tienen capacidad para hacerlo.

El desacuerdo entre Caracas y la Fiscalía se intensificó después de que los jueces permitieran reanudar la investigación internacional, pese a la solicitud venezolana de transferir el proceso a sus propias autoridades judiciales.

Naciones Unidas advierte sobre un retroceso

La Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos sobre Venezuela expresó preocupación por la decisión y pidió a las autoridades revertirla.

El organismo considera que abandonar el Estatuto debilita las posibilidades de rendición de cuentas y envía un mensaje negativo a las víctimas que han recurrido a mecanismos internacionales ante la falta de resultados internos.

La misión sostuvo que la colaboración con la Corte es especialmente importante para investigar violaciones graves y preservar la posibilidad de justicia.

Organizaciones defensoras de derechos humanos también temen que la salida aumente la sensación de impunidad y reduzca la presión internacional sobre las instituciones venezolanas.

¿La Corte puede condenar al Estado venezolano?

La Corte Penal Internacional no juzga países ni gobiernos como entidades colectivas.

Su función es determinar responsabilidades penales individuales. Esto significa que una eventual investigación no produciría una condena contra “Venezuela”, sino contra personas concretas que pudieran ser consideradas responsables de ordenar, ejecutar, facilitar o encubrir crímenes bajo la jurisdicción del tribunal.

La Fiscalía debe identificar sospechosos, reunir evidencia suficiente y solicitar a los jueces órdenes de comparecencia o arresto. Posteriormente, cualquier acusado tiene derecho a defenderse y se presume inocente hasta que exista una sentencia definitiva.

Hasta ahora, la continuidad de la investigación no significa que todos los funcionarios señalados sean culpables ni que exista una condena anticipada.

Una ruptura con valor político, pero efectos jurídicos limitados

La salida representa un fuerte gesto político contra la Corte Penal Internacional, pero sus efectos jurídicos son más limitados de lo que sugiere el anuncio venezolano.

Caracas podrá dejar de estar sometida a la jurisdicción automática del tribunal por nuevos hechos ocurridos después de que el retiro entre en vigor, salvo que exista otra base legal para la intervención de la Corte.

Pero los hechos presuntamente cometidos mientras Venezuela era miembro continuarán dentro de su jurisdicción.

La verdadera consecuencia será práctica: menor cooperación estatal, mayores dificultades para acceder a pruebas y posibles obstáculos para detener a sospechosos.

Venezuela puede abandonar formalmente la Corte, pero no puede borrar retroactivamente los años durante los cuales aceptó su jurisdicción.

El caso Venezuela I continuará y podría prolongarse durante años. Para las víctimas, la pregunta ya no es únicamente si la Corte conserva autoridad legal, sino si tendrá suficientes pruebas, cooperación internacional y capacidad política para transformar la investigación en acusaciones concretas.